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SWF Delitos en que pueden Incurrir las Autoridades ONLINE

Referencia: SWFDIA

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Conozca diferentes estrategias de defensa para la protección de los contribuyentes de los delitos federales en que pueden incurrir las autoridades, logrando conservar su patrimonio y libertad personal.

 

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INTRODUCCION

CAPITULO I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

CAPITULO II. GENERALIDADES
1. Concepto legal de servidor público
2. Individualización de las penas
3. Miembros de corporaciones policíacas

CAPITULO III. USURPACION DE FUNCION PUBLICA Y EJERCICIO INDEBIDO DE
SERVICIO PUBLICO
1. Sin ser funcionario público, atribuirse ese carácter y ejercer alguna de las funciones de tal
2. Ejercicio indebido de servicio público
3. Otorgar identificaciones como servidor público a personas que no lo son
4. Usar credenciales de servidor público a las que no tiene derecho

CAPITULO IV. ABUSO DE AUTORIDAD
1. Hacer violencia a particulares
2. Vejar o insultar a particulares
3. Retardar o negar a los particulares el servicio que tiene obligación de otorgarles
4. No recibir solicitudes
5. No darle curso a solicitudes
6. No administrar justicia dentro de los plazos de ley

CAPITULO V. CONCUSION

CAPITULO VI. INTIMIDACION
1. Intimidar para que no se formule denuncia o querella, o para que no se aporte información relativa
a una presunta conducta ilegal de un servidor público
2. Con motivo de una querella, denuncia o información aportada, lesionar los intereses de las personas
que las presentaron o aportaron
3. Penas aplicables

CAPITULO VII. COHECHO

CAPITULO VIII. ENRIQUECIMIENTO ILICITO

CAPITULO IX. FALSIFICACION DE DOCUMENTOS
1. Alterar un documento después de concluido y firmado, si esto cambia su sentido
2. Variar la fecha o cualquiera otra circunstancia relativa al tiempo de la ejecución del acto
3. Atribuirse el que extiende un documento, un nombre o una investidura, calidad o circunstancia que
no tiene
4. Añadir o alterar declaraciones
5. Asentar como ciertos hechos falsos
6. Expedir un testimonio supuesto de documentos que no existen
7. Por engaño o sorpresa, hacer que alguien firme un documento público, que no habría firmado de
saber su contenido
8. Expedir una certificación de hechos que no son ciertos
9. A sabiendas hacer uso de un documento público falso
10. Requisitos para que la falsificación de documentos sea sancionable
11. En los actos propios de su cargo, atribuir a una persona título o nombre a sabiendas de que no le pertenece.

CAPITULO X. DELITOS EN QUE PUEDEN INCURRIR LOS MAGISTRADOS DEL TFJFA Y LOSJUECES,
MAGISTRADOS Y MINISTROS DEL PJF
1. Dictar una resolución de fondo o una sentencia definitiva que violen preceptos legales
2. Dictar una resolución de fondo o una sentencia definitiva que sean contrarias a las actuaciones seguidas
en juicio
3. Omitir dictar una resolución de trámite, de fondo o una sentencia definitiva lícita, dentro de los términos
dispuestos en la ley
4. Ejecutar actos o incurrir en omisiones que produzcan un daño o concedan a alguien una ventaja indebida
5. Retardar o entorpecer maliciosamente o por negligencia la administración de justicia

CAPITULO XI. DELITOS RELACIONADOS CON LA LIBERTAD DE LOS PARTICULARES
1. No cumplir la orden de libertad
2. No otorgar, cuando se solicite, la libertad caucional, si procede legalmente
3. Demorar el cumplimiento de las providencias judiciales en las que se ordene poner en libertad a un detenido
4. Ordenar la aprehensión de un individuo por delito que no amerite pena privativa de libertad
5. No ordenar la libertad de un procesado cuando sea acusado por delito que tenga pena no privativa de
libertad o alternativa

CAPITULO XII. FALSEDAD EN DECLARACIONES ANTE AUTORIDADES NO JUDICIALES
1. Interrogado por autoridad pública distinta de la judicial, faltar a la verdad
2. Con el propósito de inculpar a alguien como responsable de un delito, simular en su contra la existencia
de pruebas que hagan presumir su responsabilidad
3. Rendir informes en los que manifieste hechos o circunstancias falsos o niegue la verdad en todo o en parte
sobre los mismos, cuando le sean requeridos

CAPITULO XIII. FALSEDAD EN DECLARACIONES JUDICIALES
1. Examinado por autoridad judicial como testigo o perito, faltar a la verdad
1.1. En juicios administrativos y en procesos penales donde se imponga al reo pena de prisión hasta
de 20 años
1.2. En procesos penales donde se imponga al reo pena de prisión de más de 20 años
2. Afirmar un hecho falso o alterar o negar uno verdadero, o sus circunstancias sustanciales
3. En juicio de amparo rendir informes como autoridad responsable, en los que afirme una falsedad o niegue la
verdad en todo o en parte

CAPITULO XIV. USURPACION DE PROFESIONES
1. Sin tener título profesional se atribuya el carácter de profesionista
2. Sin tener título profesional realice actos propios de una actividad profesional


CAPITULO XV. ALLANAMIENTO DE MORADA

CAPITULO XVI. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD CORPORAL
1. Lesiones
2. Homicidio
3. Lesiones y homicidio calificados
4. Aborto
5. Tortura

CAPITULO XVII. CALUMNIA

CAPITULO XVIII. DELITOS EN CONTRA DE LAS PERSONAS EN SU PATRIMONIO
1. Extorsión
2. Daño en propiedad ajena

CAPITULO XIX. ENCUBRIMIENTO

CAPITULO XX. LAVADO DE DINERO
1. Servidores públicos encargados de prevenir, denunciar, investigar o juzgar la comisión de delitos
2. Los demás servidores públicos

CAPITULO XXI. DELITOS PREVISTOS EN EL CFF
1. Encubrimiento
2. Ordenar o practicar visitas domiciliarias o embargos sin mandamiento escrito de autoridad fiscal
competente
3. Realizar la verificación física de mercancías en transporte en lugar distinto a los recintos fiscales
4. Amenazar a un contribuyente con formular una denuncia, querella o declaratoria por la posible comisión de
delitos fiscales
5. Promover o gestionar una querella o denuncia notoriamente improcedente
6. Revelar a terceros en contravención al artículo 69 del CFF, la información que las instituciones financieras
proporcionen a las autoridades fiscales.

CAPITULO XXII. DELITOS PREVISTOS EN LA LEY DE AMPARO
1. Cometidos por Jueces, Magistrados y Ministros
1.1. No suspender el acto reclamado cuando se trate de peligro de privación de la vida o de actos
prohibidos por el artículo 22 de la CPEUM
1.2. Si la procedencia de la suspensión es notoria y no se concede por negligencia o por motivos
inmorales
1.3. Retardar o entorpecer maliciosamente o por negligencia la administración de justicia por no dar
curso oportuno a las promociones que por su conducto se hagan a la SCJN
1.4. Sin motivo justificado suspender o diferir la audiencia constitucional
1.5. Falta de cumplimiento de las ejecutorias de amparo
2. Cometidos por autoridades administrativas
2.1. Rendir informes justificados en los que se afirme una falsedad o se niegue la verdad
2.2. Maliciosamente revocar el acto reclamado con el propósito de que se sobresea en el amparo para
insistir con posterioridad en dicho acto
2.3. No obedecer un auto de suspensión debidamente notificado
2.4. Después de concedido el amparo insistir en la repetición del acto reclamado
2.5. Después de concedido el amparo tratar de eludir el cumplimiento de la sentencia
2.6. Resistirse a dar cumplimiento a los mandatos u órdenes dictados en materia de amparo
2.7. Al concederse al quejoso el amparo de la Justicia Federal aparezca que la violación de garantías
cometida constituye delito

CAPITULO XXIII. LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS
1. Obligaciones legales de los servidores públicos
2. Los gobernados pueden presentar quejas administrativas contra los servidores públicos incumplidos

CAPITULO XXIV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
1. Conclusiones
2. Recomendaciones

BENEFICIOS PARA EL LECTOR:
a) Al conocer qué conductas de la autoridad son delictivas, el particular observará de manera distinta el proceder de los servidores públicos, percatándose de inmediato cuando incurran en actuaciones probablemente delictivas, lo que no puede detectar si desconoce los delitos en que pueden incurrir las autoridades. Lo que antes era imperceptible, después de leer este libro será evidente.

b) Cuando la autoridad incurra en alguna conducta probablemente delictiva, el particular estará en condiciones de hacérselo notar, mostrándole los artículos que tipifican el delito y las penas aplicables al mismo, con lo cual se logrará en la mayoría de los casos que los servidores públicos desistan de su proceder ilegal y delictivo, sin necesidad de involucrarse en mayores conflictos. Nadie, ni siquiera un servidor público, pone en riesgo intencional y abiertamente la conservación de su libertad.

c) En casos extremos, en los que está en peligro la conservación de todo el patrimonio del contribuyente, o la mayor parte del mismo, o su libertad, el conocimiento de los delitos en que pueden incurrir las autoridades fiscales permitirá que el contribuyente instrumente y ejecute estrategias eficaces para conservar su patrimonio y libertad, al acreditar que el proceder de la autoridad que lo molesta fue delictivo.


SWFDIA
987 Artículos

Ficha técnica

Peso
N/A
formato
ON LINE no descargable
Autor
Lic. Alejandro Ponce Rivera Lic. Alejandro Ponce Rivera y Chávez
Edición
2009
Paginas
134
Encuadernado
Electrónico
ISBN
978-368-726-497-2
Tamaño
N/A

Referencias específicas

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