Análisis Integral de las Reformas Aduaneras 2026

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Análisis Integral de las Reformas Aduaneras 2026

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Las modificaciones a la Ley Aduanera, Código Fiscal de la Federación Reformas _ introducen cambios profundos en el comercio exterior mexicano. Este libro analiza de forma clara las modificaciones legales, nuevas obligaciones, sanciones y figuras clave del sistema aduanero. Es una guía práctica para agentes aduanales, exportadores e importadores,  IMMEX, OEA, recintos fiscalizados y mensajerías que buscan cumplir y reducir riesgos ante el nuevo marco normativo.

Aborda también las nuevas figuras: Consejo Aduanero y la Agencia de Transformación Digital y de Telecomunicaciones, claves en autorizaciones, modernización tecnológica, análisis de datos y facultades de fiscalización.



El autor, Mtro. Arturo Hernández De La Cruz, cuenta con una impresionante práctica profesional, es un destacado docente y autor en materia de comercio exterior y aduanas, lo cual le permite otorgar importantes consejos para la implementación de los cambios.

Editorial ISEF, calidad, innovación y experiencia desde 1973

Referencia EFI26AIRA1

Las Reformas Aduaneras 2026 marcan uno de los cambios más profundos en el comercio exterior mexicano de los últimos años; este libro ofrece un análisis claro y práctico de las modificaciones a la Ley Aduanera y al Código Fiscal de la Federación, destacando su impacto real en agentes y agencias aduanales, importadores, exportadores, IMMEX, OEA, recintos fiscalizados estratégicos y empresas de mensajería. 

 

El lector encontrará explicadas las nuevas obligaciones, causales de suspensión y cancelación, requisitos de certificación, cambios en garantías, depósitos fiscales, comercio electrónico y nuevos supuestos de infracciones, sanciones y delitos aduaneros. 

 

Se abordan también las nuevas figuras que redefinirán el sistema aduanero: el Consejo Aduanero y la Agencia de Transformación Digital y de Telecomunicaciones, claves en autorizaciones, modernización tecnológica, análisis de datos y facultades de fiscalización. Cada capítulo responde a tres preguntas esenciales para el profesional del comercio exterior: qué cambió, a quién afecta y qué debe hacer para mantenerse en cumplimiento y proteger su operación. 

 

El autor, Mtro. Arturo Hernández De la Cruz, Licenciado en Comercio Internacional y Maestría en Derecho Aduanero y Derecho de Comercio Exterior, es Socio Director del Área de Comercio Exterior en ADN Abogados y Asesores de Negocios S.C. y cuenta con más de 30 años de experiencia profesional en el sector público y privado, es articulista y autor de importantes libros sobre comercio exterior y aduanas. 

 

Este libro es una guía confiable y actualizada para enfrentar con seguridad las reformas y prevenir riesgos.

ÍNDICE

Capítulo I. Análisis general del impacto de la reforma a la Ley Aduanera y el CFF

Capítulo II. Nuevas definiciones, correcciones y modificaciones en la nueva Ley Aduanera

Capítulo III. Nuevos actores en el sistema aduanero mexicano: el Consejo Aduanero y la ATDT

Capítulo IV. Reformas que afectan a los agentes aduanales

Capítulo V. Reformas que afectan a las agencias aduanales

Capítulo VI. Reformas que afectan a los importadores y exportadores

Capítulo VII. Reformas que afectan a los recintos fiscalizados concesionados y autorizados

Capítulo VIII. Reformas que afectan a las empresas de mensajería y paquetería (comercio electrónico)

Capítulo IX. Reformas que afectan a los almacenes generales de depósito y locales destinados para exposiciones internacionales

Capítulo X. Reformas que afectan a las empresas certificadas con registro de Operador Económico Autorizado (OEA)

Capítulo XI. Reformas que afectan a las empresas IMMEX

Capítulo XII. Reformas que afectan la operación de los recintos fiscalizados estratégicos

Capítulo XIII. Reformas que afectan a los transportistas de mercancías de comercio exterior

Capítulo XIV. Reformas que afectan a bancos y casas de bolsa

Capítulo XV. Facultades de las autoridades aduaneras

Capítulo XVI. Reformas a los procedimientos aduaneros sancionadores

Capítulo XVII. Nuevas infracciones y sanciones

Capítulo XVIII. Nuevos supuestos de delitos aduaneros

ÍNDICE AMPLIADO

ÍNDICE

CAPÍTULO I. ANÁLISIS GENERAL DEL IMPACTO DE LA REFORMA A LA LEY ADUANERA Y EL CFF.

1.Comentarios iniciales

2.Objetivos de los cambios planteados por el Poder Ejecutivo

3.Artículos reformados, adicionados o derogados de cada uno de los títulos de la Ley Aduanera

4.Artículos reformados, adicionados o derogados en el Código Fiscal de la Federación que afectan a los actores del comercio exterior mexicano

5.Personas afectadas negativamente por la reforma a la nueva Ley Aduanera

6.Actores favorecidos con la reforma a la nueva Ley Aduanera 2026

7.Actores que no fueron afectados directamente por la reforma a la nueva Ley Aduanera

8.Nuevos actores en el sistema aduanero mexicano

9.Nuevo marco legal para regular las operaciones de comercio exterior de nuestro país

CAPÍTULO II. NUEVAS DEFINICIONES, CORRECCIONES Y MODIFICACIONES EN LA NUEVA LEY ADUANERA
I. Nuevas definiciones

1.Régimen aduanero

2.Documento equivalente

3.Empresas públicas del Estado

4.Programas de diferimiento de aranceles
 

5.Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y su tarifa

6.Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación

7.CFDI en lugar de CFD

8.Servicio de administración y enajenación de bienes por autoridad competente para administrar y dar destino a las mercancías que pasen a ser propiedad del Fisco Federal

CAPÍTULO III. NUEVOS ACTORES EN EL SISTEMA ADUANERO MEXICANO: EL CONSEJO ADUANERO Y LA ATDT
I. Ideas iniciales sobre los nuevos actores
II. Creación, competencia y funciones del Consejo Aduanero

1.Funciones del Consejo Aduanero en relación a los agentes y agencias aduanales

2.Funciones del Consejo Aduanero en relación a personas físicas y morales que requieren de autorizaciones o concesiones para operar dentro del sistema aduanero mexicano

3.Integración del Consejo Aduanero

4.Mayor burocracia en la toma de decisiones
III. El papel que tendrá la ATDT en el sistema aduanero mexicano

5.Posibilidad de que las autoridades aduaneras celebren convenios con la ATDT en materia de “gestión tecnológica”

6.Posibilidad de que las autoridades aduaneras celebren convenios con la ATDT para el “análisis de datos”

7.Dependencia de la ANAM de otras autoridades para el manejo del sistema electrónico aduanero

8.¿Las entidades estatales podrán celebrar convenios con la ATDT para los mismos efectos?

9.Recursos económicos y humanos para modernizar las aduanas

10.Modernización de las aduanas a cargo de los particulares que deseen obtener la autorización para operar recintos fiscales, recintos fiscalizados, recintos fiscalizados estratégicos y para despachar mercancías por lugar distinto del autorizado

CAPÍTULO IV. REFORMAS QUE AFECTAN A LOS AGENTES ADUANALES
I. Introducción

1.Vigencia de la patente de agente aduanal que emita la SHCP

2.Procedimiento para obtener una prórroga de la vigencia de la patente por 20 años más

3.Certificación cada 3 años para mantener la patente activa

4.Patentes de agente aduanales para ciertas fracciones arancelarias expresas

5.5 nuevos requisitos para la obtención de la patente de agente aduanal
 

6.3 nuevos requisitos para operar como agente aduanal

7.9 nuevas obligaciones de los agentes aduanales

8.Nuevas causas de suspensión de la patente del agente aduanal

9.13 nuevas causales de cancelación de patente

10.Pérdida del derecho a ejercer la patente de agente aduanal
 

11.Eliminación de las excluyentes de responsabilidad previstas en el artículo 

CAPÍTULO V. REFORMAS QUE AFECTAN A LAS AGENCIAS ADUANALES

1.La autorización de agencia aduanal ya no la dará el SAT

2.Ya no será necesario que las agencias aduanales sean sociedades civiles

3.Los agentes aduanales socios de la agencia aduanal deben formar parte del Consejo de Administración

4.Los agentes aduanales que sean socios de la agencia aduanal serán responsables solidarios del pago de las contribuciones y aprovechamientos al comercio exterior de las operaciones realizadas por la agencia aduanal

5.Plazo para que la SHCP emita la resolución para constituir una agencia aduanal

6.Requisitos y vigencia de la autorización de la agencia aduanal

7.Casos en los que la agencia aduanal será inhabilitada para operar

8.Causas de cancelación de la autorización de la agencia aduanal

9.Eliminación de las excluyentes de responsabilidad previstas en el artículo 54, segundo párrafo, de la Ley Aduanera

10.Nuevas responsabilidades cuando tramita el tránsito interno de mercancías

CAPÍTULO VI. REFORMAS QUE AFECTAN A LOS IMPORTADORES Y EXPORTADORES

1.Nueva regla para la notificación de abandono de mercancías en depósito ante la aduana

2.Información y documentación adicional que debe contener el expediente electrónico de comercio exterior
2.1. Documentos que demuestren que la mercancía en tránsito por otros países no miembros de un tratado, estuvo bajo control de la autoridad aduanera, cuando se quiera aplicar preferencia arancelaria
2.2. Información y documentación que acredite los recursos empleados para efectuar la operación de comercio exterior

3.Cambios en la promoción de consultas de clasificación arancelaria
Primer cambio
Segundo cambio
Tercer cambio

4.Tramitación de resoluciones anticipadas conforme a los tratados de libre comercio

5.Obligación de llevar los sistemas de control de inventarios en forma automatizada y permanente

6.Nuevo plazo para cancelar la garantía por importar mercancías sujetas a precios estimados y sus efectos nocivos sobre los importadores

7.Nuevos sujetos obligados a garantizar contribuciones a través de la cuenta aduanera de garantía

8.Opción de garantizar contribuciones y cuotas compensatorias a través de cartas de crédito y las infracciones y sanciones

9.Nueva regla para la rectificación de pedimentos, antes de la activación del mecanismo de selección automatizado

10.Derecho a solicitar trato arancelario preferencial dentro de los plazos concedidos en los tratados de libre comercio

11.Procedimiento para realizar retorno de mercancías

12.Cambios en las importaciones realizadas mediante registro PIRO

13.Cambios para las empresas que realizan importaciones temporales para retornar al extranjero en el mismo estado

14.No se exigirá el pago de contribuciones ni aprovechamientos en mercancías destinadas a ciertos regímenes aduaneros, que se destruyan por accidente

15.Obligación de dar a conocer en el pedimento el lugar donde se mantendrán las mercancías importadas temporalmente que se señalan

16.Nuevo requisito para las personas que deseen obtener autorización para despachar mercancías por lugar distinto al autorizado (LDA)

17.Restricción temporal de los certificados de sellos digitales para las empresas que realizan operaciones de comercio exterior por ubicarse en las causas que se mencionan a continuación

18.Ya no existe posibilidad de obtener un RFC para empresas de nueva creación, cuando sus socios o accionistas no hayan desvirtuado irregularidades fiscales de otras sociedades

19.Los CFDI que se emitan para respaldar operaciones de comercio exterior deben amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales

20.Posibilidad de que las empresas realicen sus pagos de créditos fiscales derivado de operaciones de comercio exterior en pagos diferidos o en parcialidades

21.Las autoridades fiscales o aduaneras estarán en la posibilidad de solicitar a la empresa diversa información con el orden, la metodología y características que determinen, cuando ejerzan facultades de comprobación

CAPÍTULO VII. REFORMAS QUE AFECTAN A LOS RECINTOS FISCALIZADOS CONCESIONADOS Y AUTORIZADOS
I. Contar con sistemas tecnológicos con las condiciones que establezcan las autoridades aduaneras

CAPÍTULO VIII. REFORMAS QUE AFECTAN A LAS EMPRESAS DE MENSAJERÍA Y PAQUETERÍA (COMERCIO ELECTRÓNICO)

1.El comercio electrónico es un factor que impulsa el comercio internacional y en México ha tenido un crecimiento acelerado en los últimos años

2.La ANAM otorgará la autorización a empresas de mensajería y paquetería que despachen mediante el procedimiento simplificado. Su vigencia

3.Requisitos para solicitar y obtener la autorización

4.Las empresas de mensajería y paquetería están obligadas a determinar y enterar correctamente las contribuciones

5.Obligación de las empresas de mensajería y paquetería de llevar un “sistema de análisis de riesgo”

6.Obligación de dar acceso a la autoridad aduanera

7.Obligación de conservar los documentos y la información relativa al valor, descripción, naturaleza y origen de las mismas

8.Efectos fiscales de las importaciones y exportaciones por empresas de mensajería que utilicen el procedimiento simplificado

9.Infracciones y sanciones para las empresas de mensajería y paquetería cuando no cumplan con las obligaciones

10.Cancelación de la autorización para las EMYP

CAPÍTULO IX. REFORMAS QUE AFECTAN A LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO Y LOCALES DESTINADOS PARA EXPOSICIONES INTERNACIONALES

1.¿En qué consiste el régimen de depósito fiscal y quiénes lo pueden realizar?

2.Los AGD deben cumplir con las obligaciones que se dicten mediante las RGCE

3.Plazo máximo de llegada de las mercancías al AGD

4.Supuestos en los que podrá justificarse que no arriben en el tiempo concedido las mercancías al AGD

5.Responsabilidad solidaria del pago de contribuciones y aprovechamientos por mercancías faltantes o no arribadas

6.Datos que deberá contener la nueva carta cupo electrónica

7.Condiciones para el cambio de régimen de depósito fiscal a importación definitiva o a cualquier otro régimen

8.Requisitos para las transferencias entre AGD

9.Nuevo plazo para informar de mercancías sobrantes o faltantes y su consecuencia (aplica para AGD o locales destinados a exposiciones internacionales)

10.Sanciones para el AGD o titular del local destinado a exposiciones internacionales si no cumplan con las nuevas obligaciones

CAPÍTULO X. REFORMAS QUE AFECTAN A LAS EMPRESAS CERTIFICADAS CON REGISTRO DE OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO (OEA)

1.Introducción

2.Nuevos requisitos para obtener el registro de empresa certificada

3.Condicionantes para no obtener un nuevo registro

CAPÍTULO XI. REFORMAS QUE AFECTAN A LAS EMPRESAS IMMEX

1.Nuevas reglas para la transmisión del pedimento consolidado

2.Cambiar de régimen temporal al definitivo las mercancías importadas temporalmente cuando se cancele el programa IMMEX

3.En caso de transferencias, solicitar, proporcionar y guardar la información y documentación, por parte del que transfiere y del que recibe la mercancía, desde la primera entrada al país

4.Responsabilidad solidaria en el pago de contribuciones y aprovechamientos por las mercancías que transfieran

5.El SAT dará a conocer nuevas mercancías que no podrán destinarse al régimen de importación temporal para su elaboración, transformación o reparación en programas IMMEX

CAPÍTULO XII. REFORMAS QUE AFECTAN LA OPERACIÓN DE LOS RECINTOS FISCALIZADOS ESTRATÉGICOS

1.Dictamen de las Cámaras de Diputados y Senadores en relación al régimen de RFE

2.Nuevo requisito para las personas que tengan la autorización para operar el inmueble de recinto fiscalizado estratégico

3.Personas que no podrán obtener la autorización para destinar mercancías al RFE

4.Obligación de garantizar las contribuciones y sus accesorios mediante depósito en cuenta aduanera de garantía o carta de crédito, para quienes destinen mercancías al régimen de RFE

5.Transportación de mercancías destinadas al RFE, solo por empresas transportistas registradas ante el SAT

6.Casos de las mercancías de procedencia extranjera que se destinen al recinto fiscalizado estratégico que deberán pagar los aranceles correspondientes

7.Despacho aduanero de las mercancías que salen del RFE

8.Obligación de acreditar que las mercancías fueron sometidas a procesos de elaboración, transformación o reparación

9.El despacho de las mercancías deberá efectuarse por medio de agente o agencia aduanal certificada

10.Mercancías que no podrán someterse al régimen de recinto fiscalizado estratégico

11.Sanciones más severas para los recintos fiscalizados estratégicos

CAPÍTULO XIII. REFORMAS QUE AFECTAN A LOS TRANSPORTISTAS DE MERCANCÍAS DE COMERCIO EXTERIOR

1.Las mercancías de comercio exterior en transporte deberán ampararse con el CFDI con complemento carta porte

2.Responsabilidad solidaria en el pago de contribuciones y aprovechamientos de las personas que se indican, cuando no se cumplan con las disposiciones legales

3.Mercancías exentas de acreditar su manejo o transporte con el CFDI con complemento carta porte

CAPÍTULO XIV. REFORMAS QUE AFECTAN A BANCOS Y CASA DE BOLSA

1.¿Para qué se utilizan las cuentas aduaneras y las cuentas aduaneras de garantía?
A) Las cuentas aduaneras de garantía
B) Las cuentas aduaneras

2.Incremento de operaciones sujetas a precios estimados

3.Obligación de cancelar las CAG en un plazo de 12 meses

4.Presentar declaraciones mensuales ante las autoridades aduaneras

5.Incorporación de otras instituciones autorizadas para garantizar el pago de contribuciones y aprovechamientos mediante carta de crédito

CAPÍTULO XV. FACULTADES DE LAS AUTORIDADES ADUANERAS
I. Introducción

1.Establecer la naturaleza, características, clasificación arancelaria y otros elementos de las mercancías

2.Aplicar el PAE para hacer efectivo el pago de las cuotas compensatorias y las contribuciones que se causen

3.Custodiar y transferir las mercancías que hayan pasado a ser propiedad del Fisco Federal, a las autoridades competentes

4.Otorgar, inhabilitar, suspender, cancelar o extinguir las patentes de agentes aduanales, previa determinación del Consejo Aduanero

5.Otorgar, inhabilitar y cancelar las autorizaciones de las agencias aduanales, previa determinación del Consejo Aduanero

6.Apoyarse en los sistemas, equipos tecnológicos, equipos de videograbación o cualquier otro medio o servicio con el que cuente la SHCP

CAPÍTULO XVI. REFORMAS A LOS PROCEDIMIENTOS ADUANEROS SANCIONADORES
I. Introducción
II. Modificaciones al procedimiento administrativo de cancelación de autorizaciones o revocación de concesiones (PACARC) (artículo 144-A de la Ley Aduanera)

1.Autoridades competentes para iniciar el PACARC de conformidad con la Ley Aduanera

2.Personas que se ven afectadas por la modificación de este procedimiento
2.1. Personas que requieren de autorización para operar 2.2. Personas que requieren de concesión para operar

3.Nuevas causales por las que se podrá iniciar el procedimiento administrativo de cancelación de autorizaciones o revocación de concesiones (144-A de la Ley Aduanera)

III. Nuevas disposiciones relacionadas con el procedimiento administrativo en materia aduanera

4.Nuevos supuestos para dar inicio al PAMA

5.Nuevas reglas para las notificaciones de las actas de inicio de PAMA

6.Nuevas causas de suspensión y reactivación de plazos para emitir resolución definitiva a los PAMAs

7.Nuevas disposiciones para el pago de una mercancía embargada que fue donada, destruida o asignada por parte de las autoridades aduaneras
IV. Nuevas disposiciones relacionadas con el procedimiento administrativo de contribuciones omitidas

8.Requerimiento de información y documentación adicional en el PACO

9.Nuevas disposiciones para precisar cuando se encuentra debidamente integrado el expediente de un PACO

10.Nuevas causas de suspensión y reactivación de plazos para emitir resolución definitiva al PACO
V. Nuevas disposiciones relacionadas con el procedimiento administrativo de retención de mercancías

CAPÍTULO XVII. NUEVAS INFRACCIONES Y SANCIONES

1.Ideas iniciales

2.Incremento del número de infracciones y sanciones con la reforma a la Ley Aduanera

3.Infracciones y sanciones relacionadas con la importación y exportación de mercancías
3.1. Infracciones relacionadas con el incumplimiento de regulaciones y 

4.Nuevas infracciones y sanciones relacionadas con el destino de las mercancías

5.Disposiciones relacionadas con las mercancías que pasan a ser propiedad del Fisco Federal

6.Infracciones y sanciones relacionadas con la obligación de transmitir información referente al valor de la mercancía y demás datos relativos a su comercialización o transportación

7.Nueva infracción y sanción para los agentes aduanales que no cumplan con la obligación de emitir CFDI’s por las operaciones que realicen

8.Nueva infracción y sanción para las personas que omitan presentar los documentos o informes requeridos por las autoridades aduaneras

9.Nueva infracción y sanción relacionada con el control, seguridad y manejo de mercancías de comercio exterior, aplicables a los almacenes generales de depósito y recinto fiscalizado estratégico

10.Multas a cargo del agente o agencia aduanal

CAPÍTULO XVIII. NUEVOS SUPUESTOS DE DELITOS ADUANEROS
I. Introducción
II. Modificaciones y creación de nuevos supuestos del delito de contrabando

EFI26AIRA1
299 Artículos

Ficha técnica

Profundo
1.5cm
Peso
0.35gr
formato
Impreso
Autor
LIC. ARTURO HERNANDEZ DE LA CRUZ
Edición
1
Paginas
300
Encuadernado
Pegado
ISBN
9786075417264
Tamaño
21.0 x 13.5
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